Nacionalidad elegible
El inversionista debe poseer la nacionalidad de España, país con tratado E-2 aplicable.
VISADO E-2 PARA EMPRESARIOS ESPAÑOLES
Para el empresario español, la E-2 puede acompañar la creación, compra o expansión de una empresa en Estados Unidos. La clave es alinear el modelo de internacionalización, la inversión, la operación y la evidencia mientras las decisiones materiales todavía pueden ordenarse.
No comenzamos por la visa. Comenzamos por la inversión que debe sostenerla y la ordenamos paso a paso.
REQUISITOS CENTRALES
La aprobación nunca depende de un solo documento o de una cifra aislada. El expediente debe demostrar una operación comercial coherente.
El inversionista debe poseer la nacionalidad de España, país con tratado E-2 aplicable.
Los fondos deben estar comprometidos de forma real, sujetos a riesgo comercial y ser sustanciales en relación con el costo del negocio.
No basta una inversión pasiva. La actividad debe producir bienes o servicios y contar con evidencia comercial verificable.
El solicitante debe desarrollar y dirigir la empresa, normalmente mediante propiedad o control operativo suficiente.
El proyecto debe tener capacidad presente o futura para generar más que el sustento mínimo del inversionista y su familia.
La E-2 es una clasificación no inmigrante y requiere manifestar intención de salir cuando finalice el estatus.
PREPARACIÓN DESDE ESPAÑA
Para un inversor en España, la estrategia conecta la decisión de comprar, crear o expandir con el patrimonio europeo, la transferencia del capital y la puesta en marcha de la empresa estadounidense.
La elegibilidad principal se apoya en la nacionalidad de un país con tratado. Residir en España, por sí solo, no sustituye ese requisito.
Preparamos la trazabilidad de ahorros, actividad profesional, dividendos, compraventas, donaciones u otras fuentes lícitas.
Comparamos la ruta empresarial con su experiencia, mercado objetivo, inversión disponible y capacidad real de dirigir la operación estadounidense.
Organizamos el expediente conforme a las instrucciones vigentes y a la estrategia específica del inversor y su familia.
FUENTES OFICIALES
Los requisitos y procedimientos pueden cambiar. Consulte siempre la información oficial vigente y analice su situación individual antes de comprometer capital.
Países con tratado — Departamento de Estado Requisitos E-2 — USCIS Información consular — Embajada de EE. UU.PREGUNTAS FRECUENTES
Sí. España aparece como país elegible para las clasificaciones E-1 y E-2 en la tabla vigente del Departamento de Estado de Estados Unidos.
No. La E-2 es una clasificación no inmigrante basada en tratado; la EB-5 es una categoría inmigrante distinta, con requisitos y umbrales propios.
Una compra inmobiliaria pasiva no suele ser suficiente. El capital debe destinarse a una empresa comercial real y operativa que el solicitante desarrollará y dirigirá.
Puede estudiarse una expansión o una estructura empresarial relacionada, pero la compañía estadounidense, su propiedad, inversión, operación y control deben analizarse conforme a los requisitos específicos de la categoría E-2.
La residencia en España no determina la elegibilidad E-2. Debe revisarse la nacionalidad del solicitante y si su país mantiene un tratado aplicable con Estados Unidos.
ANTES DEL PRÓXIMO PASO
Complete la evaluación preliminar. Si el proyecto reúne los criterios iniciales, podrá reservar una llamada estratégica.
Evaluar mi proyecto antes del próximo paso